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miércoles, 6 de mayo de 2020

ORDEN ECD/357/2020, de 29 de abril:(desarrollo del 3º trimestre y flexibilización de la evaluación)

Buenos días. Antes de nada, todo el profesorado de la SIES Pirámide de Almudévar esperamos que todas las familias sigáis bien y que pronto podamos volver a una nueva normalidad.

El motivo de este post es compartir con vosotros y vosotras un resumen de los aspectos más relevantes recogidos en la orden del BOA que le da título, en referencia a lo que nos queda de curso 19-20:


1.- ORGANIZACIÓN DEL TERCER TRIMESTRE

1.1.- Calendario de fin de curso 2019/2020.

1. En las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria las actividades lectivas finalizarán el día 23 de junio de 2020.
2. Las sesiones de evaluación de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria correspondientes a la evaluación final ordinaria se celebrarán antes del día 19 de junio.
3. Las sesiones correspondientes a la evaluación final extraordinaria se celebrarán a partir del 23 de junio y hasta el 30 de junio de 2020.
4. La actividad docente continuará hasta el 30 de junio.

1.2.- Contenidos y competencias para trabajar en el tercer trimestre: Refuerzo de contenidos esenciales.
- Para el alumnado con alguna evaluación suspensa, la actividad durante el tercer trimestre se centrará únicamente en los contenidos trabajados durante los dos primeros trimestres.
- Para el resto, el objetivo del último trimestre será la consolidación, por lo que las actividades que se le propongan se basarán en los contenidos sobre los que se haya trabajado. De manera excepcional, con este alumnado se podrá trabajar con contenidos nuevos, que sólo serán tenidos en cuenta para la mejora de la evaluación.

1.3.- Orientación y tutoría.
Este periodo de curso escolar es fácilmente recuperable a lo largo de la trayectoria educativa del alumnado y que tanto el centro como la Administración educativa tienen como objetivo que ningún alumno o alumna se quede atrás. Para ello, se dará prioridad a la organización de los tiempos de trabajo con orientaciones sobre la actividad diaria y la secuenciación sugerida al alumnado hasta final de curso.



2.- EVALUACIÓN

(En la evaluación de las competencias clave se tendrá en consideración exclusivamente los criterios de evaluación referidos a los contenidos mínimos programados y revisados)

2.2.- Referentes de la evaluación.
a) Las dos evaluaciones realizadas hasta la interrupción de las actividades presenciales.
b) Actividad realizada durante el periodo de confinamiento.
c) Se valorarán especialmente los aprendizajes más relevantes e imprescindibles para la continuidad del proceso educativo.
e) Actitud, interés y esfuerzo del alumnado a lo largo del periodo de trabajo a distancia.

2.3.- Instrumentos de evaluación: quedarán dentro del ámbito de la autonomía y posibilidades de los  centros y del alumnado.
a) Se utilizarán instrumentos de evaluación dirigidos a valorar el trabajo del alumnado, su interés y la actitud mostrada.
e) Deben ser accesibles a todo el alumnado sin excepción.

2.5.- Criterios de evaluación.
1. La evaluación final del curso 2019/2020 se conformará con los resultados de la primera y segunda evaluación y, en su caso, con la mejora de la tercera evaluación.
3. a) La valoración de la tercera evaluación no podrá tener, en ningún caso, un efecto negativo sobre la media de las dos primeras evaluaciones en la evaluación final.
3. b) Una evaluación positiva de la materia en la tercera evaluación y en la evaluación final, supondrá la recuperación de las evaluaciones pendientes anteriores.
5. a) El profesorado emitirá un informe individual valorativo del trabajo realizado por sus alumnas y alumnos en el curso 2019/2020.

2.7.- Evaluación final extraordinaria
3. En la evaluación final extraordinaria se utilizarán instrumentos de evaluación tales como proyectos, tareas o trabajos en los que se tendrán en cuenta fundamentalmente, como criterios de evaluación, aquellos basados en la actitud positiva, el interés y el esfuerzo del alumnado.



3. PROMOCIÓN

1. La promoción será la norma general en todos los cursos, sin tener en cuenta limitaciones que afecten al número de asignaturas con calificación negativa.
2. Se suspende de manera excepcional y solo para el curso 2019/2020 los apartados que afectan al número máximo de materias no superadas para poder promocionar.
3. Criterios de promoción para los tres primeros cursos de la ESO:
a) Promocionarán al curso siguiente todos los alumnos y alumnas sin tener en cuenta el número de materias no superadas en el curso en el que se encuentran, ni las materias de igual denominación de cursos anteriores. Las materias aprobadas en el curso actual supondrán la aprobación de las materias con la misma denominación de cursos anteriores.
c) Las decisiones de permanencia de un año más en el mismo curso se considerarán una medida de carácter excepcional y se propondrán por parte del equipo docente con el asesoramiento del Equipo o Departamento de Orientación. Se adoptarán cuando se estime que concurren las siguientes circunstancias:
- no tiene posibilidad de alcanzar el nivel básico del curso evaluado a lo largo del curso escolar 2020/21.
- la repetición favorecerá su competencia personal y social, así como su posterior promoción académica. Dicha decisión se justificará para cada alumna o alumno de forma razonada, informándose a la familia o tutores o tutoras legales.



4.- TITULACIÓN

4.1.- Criterios para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
1. La titulación debe ser la práctica habitual para el alumnado de 4º de ESO. Los criterios que los equipos docentes deberán aplicar serán los siguientes:
a) no tenga más de tres materias de cuarto curso no superadas
b) a los efectos del cómputo del número de materias, no se considerarán las pendientes de cursos anteriores. 
2. Corresponde al equipo docente, con el asesoramiento del Equipo o Departamento de Orientación, la adopción de decisiones sobre las propuestas de Título de graduado en ESO que se hagan.


4.2.- Evaluación final extraordinaria de 4º de ESO y titulación.
1.- Los alumnos y alumnas con materias pendientes tienen derecho a la realización de la prueba extraordinaria con el fin de superarlas y mejorar su situación académica, e incluso titular. Los resultados conseguidos no podrán afectar negativamente a los obtenidos en la evaluación final ordinaria. 
2.- Estas evaluaciones finales extraordinarias podrán concretarse en instrumentos de evaluación que consistan en proyectos, trabajos y tareas que se hayan podido encomendar al alumnado en su informe final valorativo.

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